Qué se puede hacer si el vecino ocupa mi plaza de garaje

La libertad de uno termina donde comienza la de otro. Esto es lo que dicta el sentido común, pero el concepto de libertad es muy ambiguo según para quién o para qué. En las comunidades de vecinos, a veces el término termina por volverse abstracto o esperpéntico.

Por ello, a veces se dan situaciones extrañas, como que un vecino ocupe la plaza de garaje de otro sin permiso y siguiendo una lógica que puede resultar incomprensible para el resto de propietarios. ¿Qué se puede hacer en estos casos?

Tu plaza de garaje es una extensión de tu casa

Antes de nada hay que diferenciar una cuestión. Tu plaza de garaje es la que aparece en las escrituras de la casa (si venía con ella). Si es una plaza de aparcamiento independiente, cuenta con su propia escritura.

Esto es importante porque hay edificios y comunidades que tienen un garaje comunitario sin plazas asignadas. En estos casos, todos los vecinos pueden aparcar en todas las plazas, aunque alguno se empeñe que una plaza es suya porque le viene mejor para, por ejemplo, coger el ascensor.

Por otro lado, conviene saber que el propietario de una plaza de garaje podrá utilizarla libremente en el espacio acotado, principalmente para aparcar, aunque se “podría” usar como trastero. Solo podrán salirse de la línea los retrovisores y las puertas del coche cuando se abran.

Qué se puede hacer si un vecino ocupa mi plaza de garaje

Lo primero que debes hacer es hablar con el vecino en cuestión. Quizá haya sido por una necesidad puntual. Si la situación se repite y el vecino ocupa regularmente tu plaza o estaciona sobre las líneas que delimitan los espacios, lo aconsejable es comunicarle formalmente el problema, explicando la situación y pidiéndole que se abstenga de hacerlo en el futuro.

Es recomendable documentar los hechos mediante fotografías, que podrán ser sumamente útiles en caso de que sea necesario llevar el asunto a los tribunales.

En caso de que la disputa persista, se puede comunicar el conflicto formalmente al presidente de la comunidad y/o al administrador de fincas. Tienen la capacidad de actuar como mediadores iniciales y convocar una junta de propietarios para tratar el asunto. Además, pueden enviar al vecino conflictivo un requerimiento por escrito exigiendo el cese inmediato de las conductas problemáticas.

Si el vecino sigue en sus trece, la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), en su artículo 7, establece que se puede emprender una acción de cesación con la autorización de la junta de propietarios. Esta acción permite recurrir a un procedimiento judicial para resolver el conflicto y podría privar del uso de su vivienda al vecino que aparca mal por hasta tres años.

Paralelamente, se podrá interponer una denuncia a título individual o a través de la propia comunidad de vecinos, utilizando como prueba las imágenes recopiladas que acrediten la invasión de la plaza de garaje.

El siguiente paso consiste en notificar a la policía, que podría proceder a la retirada del vehículo para su traslado al depósito municipal. La comunicación se realiza al propietario del vehículo; si no es posible localizarlo, la notificación recae en el presidente de la comunidad o en el administrador de fincas, quienes podrán aplicar el régimen sancionador establecido por la comunidad.

Si estas medidas no resultan efectivas, habrá que seguir los tiempos de la Justicia.

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